Constitucion

Artículo 14.

Texto Legal

- Corresponde unicamente al Organo Judicial la facultad de imponer penas. No obstante la autoridad administrativa podra sancionar, mediante resolucion o sentencia y previo el debido proceso, las contravenciones a las leyes, reglamentos u ordenanzas, con arresto hasta por cinco dias o con multa, la cual podra permutarse por servicios sociales prestados a la comunidad. (7)

Preguntas Frecuentes

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