Constitucion

Artículo 255.

Texto Legal

- La organizacion actual de la Corte Suprema de Justicia continuara vigente hasta el 30 de junio de 1984, y los Magistrados de la misma elegidos por esta Asamblea Constituyente duraran en sus funciones hasta esa fecha, en la cual deben estar armonizada con esta Constitucion las leyes relativas a su organizacion y competencia a que se refieren los articulos 173 y 174 de la misma. Los Magistrados de las Camaras de Segunda Instancia y Jueces de Primera Instancia actualmente en funciones terminaran sus respectivos periodos, y los nuevos que se elijan conforme a lo dispuesto en esta Constitucion, gozaran de la estabilidad en sus cargos a que la misma se refiere y deberan reunir los requisitos que ella exige.

Preguntas Frecuentes

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