Constitucion

Artículo 27.

Texto Legal

- Solo podra imponerse la pena de muerte en los casos previstos por las leyes militares durante el estado de guerra internacional. Se prohibe la prision por deudas, las penas perpetuas, las infamantes, las proscriptivas y toda especie de tormento. El Estado organizara los centros penitenciarios con objeto de corregir a los delincuentes, educarlos y formarles habitos de trabajo, procurando su readaptacion y la prevencion de los delitos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 27 del Constitucion?

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