LFT

Artículo 50. Indemnizaciones por despido injustificado

Indemnización: 3 meses de salario más 20 días por año más prima de antigüedad.

Respuesta directa

La indemnización por despido injustificado del Artículo 50 de la LFT es de 3 meses de salario más 20 días de salario por cada año trabajado, además de la prima de antigüedad (12 días por año). Se calcula con el salario diario integrado. Ejemplo: 4 años con $500 diarios equivalen a $40,000 solo por los 20 días por año.

Actualizado: julio 2026 · Vigente 2026 · Fuente: Ley Federal del Trabajo, Art. 50 (DOF)

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Texto vigente — Sin reformas posteriores al 27 de diciembre de 2022. Verificado en 2026.

Texto Legal

Articulo 50 - Calculo de Indemnizaciones

Las indemnizaciones a que se refiere el articulo anterior consistiran:

I. Si la relacion de trabajo fuere por tiempo determinado menor de un ano, en una cantidad igual al importe de los salarios de la mitad del tiempo de servicios prestados; si excediera de un ano, en una cantidad igual al importe de los salarios de seis meses por el primer ano y de veinte dias por cada uno de los anos siguientes en que hubiese prestado sus servicios.

II. Si la relacion de trabajo fuere por tiempo indeterminado, la indemnizacion consistira en veinte dias de salario por cada uno de los anos de servicios prestados.

III. Ademas de las indemnizaciones a que se refieren las fracciones anteriores, en el importe de tres meses de salario y en el de los salarios vencidos e intereses, en su caso, en los terminos prevenidos en el articulo 48.

Resumen de la liquidacion completa (tiempo indeterminado)


ConceptoCalculo
Indemnizacion constitucional**3 meses** de salario integrado
Indemnizacion por anos de servicio**20 dias** de salario por cada ano
Prima de antiguedad**12 dias** por cada ano (Art. 162)
Salarios caidosHasta 12 meses (si hay juicio)
+ FiniquitoVacaciones, aguinaldo, prima vacacional proporcionales

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este articulo, junto con el 48, define la llamada 'liquidacion' completa. En la practica empresarial, cuando se habla de 'liquidar' a un trabajador, se refiere a pagarle: indemnizacion de 3 meses (Art. 48) + 20 dias por ano (Art. 50, fraccion II) + 12 dias por ano de prima de antiguedad (Art. 162) + finiquito (vacaciones, aguinaldo, prima vacacional proporcionales). Es importante usar el salario diario integrado para el calculo de las indemnizaciones. Para una empresa, el costo de un despido injustificado de un trabajador con 10 anos de antiguedad puede representar facilmente 6 o 7 meses de salario solo en indemnizaciones, sin contar el finiquito.

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Preguntas Frecuentes

¿Cuánto me corresponde de indemnización por despido injustificado?

Según el Artículo 50 de la LFT, si optas por la indemnización en lugar de la reinstalación te corresponden 3 meses de salario más 20 días de salario por cada año de servicios prestados, además de la prima de antigüedad.

¿Cómo se calculan los 20 días por año de servicio?

Se multiplican 20 días de salario por cada año completo trabajado. Ejemplo: con salario diario de $500 y 4 años de antigüedad son 20 × 4 × $500 = $40,000, más los 3 meses de salario y la prima de antigüedad.

¿Qué incluye la indemnización constitucional de 3 meses?

Los 3 meses de salario se calculan con el salario integrado (incluye prestaciones como aguinaldo y prima vacacional), no solo el salario base.

¿La prima de antigüedad se paga además de la indemnización?

Sí. La prima de antigüedad (12 días de salario por año, con tope de dos veces el salario mínimo) se paga en adición a la indemnización de 3 meses + 20 días por año.

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