Constitucion

Artículo 173.

Texto Legal

- La Corte Suprema de Justicia estara compuesta por el numero de Magistrados que determine la ley, los que seran elegidos por la Asamblea Legislativa y uno de ellos sera el Presidente. Este sera el Presidente del Organo Judicial. La ley determinara la organizacion interna de la Corte Suprema de Justicia, de modo que las atribuciones que le corresponden se distribuyan entre diferentes Salas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 173 del Constitucion?

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