Constitucion

Artículo 224.

Texto Legal

- Todos los ingresos de la Hacienda Publica formaran un solo fondo que estara afecto de manera general a las necesidades y obligaciones del Estado. La Ley podra, sin embargo, afectar determinados ingresos al servicio de la deuda publica. Los donativos podran asimismo ser afectados para los fines que indique el donante.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 224 del Constitucion?

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 224 del Constitucion?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 224 Constitucion desde tu celular