Constitucion

Artículo 246.

Texto Legal

- Los principios, derechos y obligaciones establecidos por esta Constitucion no pueden ser alterados por las leyes que regulen su ejercicio. La Constitucion prevalecera sobre todas las leyes y reglamentos. El interes publico tiene primacia sobre el interes privado.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 246 del Constitucion?

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