Constitucion

Artículo 263.

Texto Legal

- Los Miembros del Consejo Central de Elecciones elegidos con base a los Decretos Constituyentes Nos. 17 y 18, de fecha 3 de noviembre de 1982, publicados en el Diario Oficial No. 203, Tomo 277, de fecha 4 del mismo mes y ano, continuaran en sus funciones hasta el dia 31 de julio de 1984.

Preguntas Frecuentes

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