Constitucion

Artículo 7.

Texto Legal

- Los habitantes de El Salvador tienen derecho a asociarse libremente y a reunirse pacificamente y sin armas para cualquier objeto licito. Nadie podra ser obligado a pertenecer a una asociacion. No podra limitarse ni impedirse a una persona el ejercicio de cualquier actividad licita, por el hecho de no pertenecer a una asociacion. Se prohibe la existencia de grupos armados de caracter politico, religioso o gremial.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 7 del Constitucion?

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