Constitucion

Artículo 86.

Texto Legal

- El poder publico emana del pueblo. Los organos del Gobierno lo ejerceran independientemente dentro de las respectivas atribuciones y competencias que establecen esta Constitucion y las leyes. Las atribuciones de los organos del Gobierno son indelegables, pero estos colaboraran entre si en el ejercicio de las funciones publicas. Los organos fundamentales del Gobierno son el Legislativo, el Ejecutivo y el Judicial. Los funcionarios del Gobierno son delegados del pueblo y no tienen mas facultades que las que expresamente les da la ley.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 86 del Constitucion?

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