Constitucion

Artículo 88.

Texto Legal

- La alternabilidad en el ejercicio de la Presidencia de la Republica es indispensable para el mantenimiento de la forma de gobierno y sistema politico establecidos. La violacion de esta norma obliga a la insurreccion.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 88 del Constitucion?

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